Reinserción social: una realidad compleja pero factible | Ensayo


La violencia es una característica de la imperfección del ser humano que ha existido, quizás, desde la existencia de este. Las personas cuentan con un cerebro emocional y con uno racional, los cuales -idealmente- existen en armonía, permitiendo que esta se desarrolle de manera funcional y estable. Sin embargo, es posible que factores internos y externos confluyan en una dirección llamada “delito”; un camino del cual, a consideración de quien escribe, se puede salir y rehabilitarse para retomar un estilo de vida sano y, por supuesto, legal.

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Si bien la especie humana forma parte del género “animal”, y cuenta con cualidades de este como instinto y reacciones emocionales en pro de supervivencia, existe un factor que lo diferencia de las demás especies: es un ser racional. Según Clara Isabel Arango (2006), “nuestras emociones son activadas automáticamente por un órgano llamado Amígdala, la cual se encuentra ubicada en el sistema límbico; este sistema es llamado el primer cerebro, (…) por lo tanto tenemos dos mentes: una que siente y otra que piensa”.


Por otro lado, el filósofo austríaco Karl Popper (citado por Borella, 2006), señala el principio de racionalidad, el cual consiste en que “actuar adecuadamente conforme a la situación implica no sólo conocimiento, sino también el mejor uso posible de toda la información necesaria para la consecución de un fin”.


Esto se podría traducir en la reflexión profunda de un contexto, con el fin de tomar la decisión más acertada, en relación con un determinado objetivo. Así las cosas, el ser humano tiene la capacidad de gobernar su cerebro emocional con el uso de la razón y el dominio propio; es decir, la posibilidad de prevenir un comportamiento socialmente inaceptable, delictivo y peligroso es una realidad.

No obstante, el camino de la teoría a la práctica no siempre fluye sin complicaciones, por lo que lograr el objetivo de rehabilitar y resocializar a un criminal presenta un considerable nivel de dificultad; aunque existen casos exitosos que sientan un precedente.

Primero hay que ir a la raíz del problema, que puede ser representada en diferentes factores criminógenos, los cuales -en palabras de Wael Sarwat Hikal (2017)- son “los elementos que, sumados, contribuyen a un determinado resultado criminal”. En términos globales, estos pueden ser endógenos y exógenos, empero, estos se pueden desglosar en diferentes áreas que hacen parte de la vida humana.

            El comportamiento de una persona, por su propia definición, se ve influenciado por estímulos y por el entorno, por lo que las acciones que esto derive son, a fin de cuentas, una reacción. Parte de dicho entorno es el contexto familiar y el social, como que en ellos se haya observado una cultura y normalización de la violencia, abandono -sea del núcleo familiar o del Estado-, entre otras influencias.

            También están los factores relacionados con la psiquis y el espectro biológico. Desde lo psicológico, hay rasgos que -si bien no son necesariamente una enfermedad mental- son el resultado de vivencias con alta carga emocional o incluso traumáticas, por lo que la personalidad y, en consecuencia, el comportamiento de la persona se va a ver comprometido. En cuanto a lo biológico, se refiere a genética, antropología y la relación de estos con el ambiente.

            Con esta información en mente, queda claro que son extensas las formas en las que una persona puede ser afectada y moldeada de manera que sea más propensa a caer en conductas criminales. Ahora bien, según los artículos 9 y 10 de la Ley 65 de 1993 decretada por el Congreso de Colombia (1993), la finalidad fundamental de la pena es lograr la resocialización del infractor; por lo que para la prevención de la comisión y de la reincidencia en dichos actos, el Estado tiene un papel fundamental que, si se ve vulnerado, puede poner en riesgo el proceso de rehabilitación, hasta el punto -incluso- de dañarlo por completo.

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            Hay una razón por la cual se conoce coloquialmente a la cárcel como “la universidad del delito”, y es que en vista del abandono del objetivo de resocializar a los internos -que, por ley, se debería cumplir como acto sagrado-, los criminales van a parar a este lugar, sin uso de su libertad, en ocasiones sin un trato consecuente con los Derechos Humanos y en contacto con otros infractores de quienes podrá aprender y perfeccionar su desempeño como criminal para el momento en que se cumpla su condena.

            Por lo que es clave recordar, así como lo explicó Norberto Hernández (citando a Cid 2009), que el país debe adoptar “un estándar ideológicamente dirigido hacia la rehabilitación del penado, buscando que el individuo no vuelva a delinquir en el futuro, para lo cual se deben atacar los factores específicos que lo vinculan con la comisión de delitos”.

            Ahora que se plantearon unas posibles causas y el contexto en el que estas se desenvuelven -tanto real como ideal-, es importante resaltar que es posible lograr la rehabilitación y resocialización de un criminal. La Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito -UNODC, por sus siglas en inglés- (2013), aunque reconoce el reto que presenta completar con éxito esta misión, afirma que hay factores relacionados con la no reincidencia, como “la adquisición de nuevas destrezas, empleos a tiempo completo, convivencia con otra persona o establecer una familia”.

            En este orden de ideas, la UNODC (2013) también es clara al sostener que “el desistimiento se hace menos probable a medida que aumenta la cantidad total de circunstancias sociales “problemáticas” que confronta el individuo”. Es decir, tanto el contexto en el cumple su pena, como al que se enfrentará al recuperar su libertad son esenciales en el camino hacia la resocialización.

            El proceso no termina al cumplir la pena. Aun si los centros carcelarios ejecutaran su papel efectivamente, el entorno al que el exconvicto se verá cara a cara al reingresar a la sociedad tiene el poder, tanto de beneficiar como de entorpecer su rehabilitación.

            Noruega es un país que le ha apostado a la rehabilitación y resocialización de sus infractores. De acuerdo con una investigación realizada por Emma Kirby (2019), periodista del portal de noticias BBC, “a principios de la década de 1990, el sistema correccional de Noruega se sometió a una serie de rigurosas reformas para enfocarse menos en lo que [Are] Hoidal (director de una prisión noruega) denomina "venganza" y más en rehabilitación”.

            Esta transformación trajo consigo programas de capacitación, educación y relajación dentro de algunos centros carcelarios del país, incluyendo actividades en las que los internos se relacionaran con el personal de seguridad. Este caso es evidencia de que, desde una visión más humana, se pueden incrementar las posibilidades de alcanzar la rehabilitación.

            El problema macro se resume en que este ideal colisiona con la realidad económica del país en el que se cumple la condena, lo que viene acompañado de numerosas áreas que el Gobierno Nacional debe tener en cuenta al momento de definir el presupuesto para cada una de ellas. En el caso de Noruega, se estima que el cupo de un solo preso está por encima de los 120 mil dólares al año. Según el portal de noticias EL TIEMPO (2020), a Colombia le estaría costando alrededor de 22 millones de pesos.

            Como sucede con muchos otros temas, el análisis profundo en torno a la prevención y atención a los criminales no suele ser una prioridad en el plan de acción de las diferentes administraciones involucradas, así que se espera que un infractor de la ley, confinado en un centro carcelario que supera con creces la capacidad de internos, sin el apoyo real de quien vigila su condena, logre salir de la cárcel a ser un ciudadano ejemplar.

            Son más los obstáculos que las posibilidades de lograr una rehabilitación efectiva, pero no por esto hay que descartarla como una realidad a la cual aspirar e invertirle. El camino a la reinserción involucra a más agentes, además de la voluntad del criminal: un Estado que vele por sus derechos, dentro y fuera de los centros carcelarios; un círculo de apoyo que le acompañe en el camino; atención a su salud mental, si es el caso, y oportunidades de surgir al reinsertarse en sociedad.

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