Reinserción social: una realidad compleja pero factible | Ensayo
La violencia es una característica de la imperfección del
ser humano que ha existido, quizás, desde la existencia de este. Las personas
cuentan con un cerebro emocional y con uno racional, los cuales -idealmente-
existen en armonía, permitiendo que esta se desarrolle de manera funcional y estable.
Sin embargo, es posible que factores internos y externos confluyan en una
dirección llamada “delito”; un camino del cual, a consideración de quien
escribe, se puede salir y rehabilitarse para retomar un estilo de vida sano y,
por supuesto, legal.
Si bien la especie humana forma parte del género “animal”, y cuenta con cualidades de este como instinto y reacciones emocionales en pro de supervivencia, existe un factor que lo diferencia de las demás especies: es un ser racional. Según Clara Isabel Arango (2006), “nuestras emociones son activadas automáticamente por un órgano llamado Amígdala, la cual se encuentra ubicada en el sistema límbico; este sistema es llamado el primer cerebro, (…) por lo tanto tenemos dos mentes: una que siente y otra que piensa”.
Por otro lado, el
filósofo austríaco Karl Popper (citado por Borella, 2006), señala el principio
de racionalidad, el cual consiste en que “actuar adecuadamente conforme a la
situación implica no sólo conocimiento, sino también el mejor uso posible de
toda la información necesaria para la consecución de un fin”.
No obstante, el camino de la teoría a la práctica no siempre fluye sin complicaciones, por lo que lograr el objetivo de rehabilitar y resocializar a un criminal presenta un considerable nivel de dificultad; aunque existen casos exitosos que sientan un precedente.
Primero hay que ir a
la raíz del problema, que puede ser representada en diferentes factores
criminógenos, los cuales -en palabras de Wael Sarwat Hikal (2017)- son “los
elementos que, sumados, contribuyen a un determinado resultado criminal”. En
términos globales, estos pueden ser endógenos y exógenos, empero, estos se
pueden desglosar en diferentes áreas que hacen parte de la vida humana.
El comportamiento de una persona,
por su propia definición, se ve influenciado por estímulos y por el entorno,
por lo que las acciones que esto derive son, a fin de cuentas, una reacción. Parte
de dicho entorno es el contexto familiar y el social, como que en ellos se haya
observado una cultura y normalización de la violencia, abandono -sea del núcleo
familiar o del Estado-, entre otras influencias.
También están los factores
relacionados con la psiquis y el espectro biológico. Desde lo psicológico, hay
rasgos que -si bien no son necesariamente una enfermedad mental- son el
resultado de vivencias con alta carga emocional o incluso traumáticas, por lo
que la personalidad y, en consecuencia, el comportamiento de la persona se va a
ver comprometido. En cuanto a lo biológico, se refiere a genética, antropología
y la relación de estos con el ambiente.
Con esta información en mente, queda
claro que son extensas las formas en las que una persona puede ser afectada y
moldeada de manera que sea más propensa a caer en conductas criminales. Ahora
bien, según los artículos 9 y 10 de la Ley 65 de 1993 decretada por el Congreso
de Colombia (1993), la finalidad fundamental de la pena es lograr la
resocialización del infractor; por lo que para la prevención de la comisión y
de la reincidencia en dichos actos, el Estado tiene un papel fundamental que,
si se ve vulnerado, puede poner en riesgo el proceso de rehabilitación, hasta
el punto -incluso- de dañarlo por completo.
Hay una razón por la cual se conoce
coloquialmente a la cárcel como “la universidad del delito”, y es que en vista
del abandono del objetivo de resocializar a los internos -que, por ley, se
debería cumplir como acto sagrado-, los criminales van a parar a este lugar,
sin uso de su libertad, en ocasiones sin un trato consecuente con los Derechos
Humanos y en contacto con otros infractores de quienes podrá aprender y
perfeccionar su desempeño como criminal para el momento en que se cumpla su
condena.
Por lo que es clave recordar, así
como lo explicó Norberto
Hernández (citando a Cid 2009), que el país debe adoptar “un estándar ideológicamente dirigido hacia la
rehabilitación del penado, buscando que el individuo no vuelva a delinquir en
el futuro, para lo cual se deben atacar los factores específicos que lo
vinculan con la comisión de delitos”.
Ahora que se plantearon unas posibles causas y el
contexto en el que estas se desenvuelven -tanto real como ideal-, es importante
resaltar que es posible lograr la rehabilitación y resocialización de un
criminal. La Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito -UNODC,
por sus siglas en inglés- (2013), aunque reconoce el reto que presenta
completar con éxito esta misión, afirma que hay factores relacionados con la no
reincidencia, como “la adquisición de nuevas destrezas,
empleos a tiempo completo, convivencia con otra persona o establecer una
familia”.
En este orden de ideas, la UNODC (2013) también es clara
al sostener que “el
desistimiento se hace menos probable a medida que aumenta la cantidad total de
circunstancias sociales “problemáticas” que confronta el individuo”. Es decir,
tanto el contexto en el cumple su pena, como al que se enfrentará al recuperar
su libertad son esenciales en el camino hacia la resocialización.
El
proceso no termina al cumplir la pena. Aun si los centros carcelarios
ejecutaran su papel efectivamente, el entorno al que el exconvicto se verá cara
a cara al reingresar a la sociedad tiene el poder, tanto de beneficiar como de
entorpecer su rehabilitación.
Noruega
es un país que le ha apostado a la rehabilitación y resocialización de sus
infractores. De acuerdo con una investigación realizada por Emma Kirby (2019),
periodista del portal de noticias BBC, “a
principios de la década de 1990, el sistema correccional de Noruega se sometió
a una serie de rigurosas reformas para enfocarse menos en lo que [Are] Hoidal
(director de una prisión noruega) denomina "venganza" y más en
rehabilitación”.
Esta transformación trajo consigo programas de
capacitación, educación y relajación dentro de algunos centros carcelarios del
país, incluyendo actividades en las que los internos se relacionaran con el
personal de seguridad. Este caso es evidencia de que, desde una visión más
humana, se pueden incrementar las posibilidades de alcanzar la rehabilitación.
El problema macro se resume en que este ideal colisiona
con la realidad económica del país en el que se cumple la condena, lo que viene
acompañado de numerosas áreas que el Gobierno Nacional debe tener en cuenta al
momento de definir el presupuesto para cada una de ellas. En el caso de
Noruega, se estima que el cupo de un solo preso está por encima de los 120 mil
dólares al año. Según el portal de noticias EL TIEMPO (2020), a Colombia le
estaría costando alrededor de 22 millones de pesos.
Como sucede con muchos otros temas, el análisis profundo
en torno a la prevención y atención a los criminales no suele ser una prioridad
en el plan de acción de las diferentes administraciones involucradas, así que
se espera que un infractor de la ley, confinado en un centro carcelario que
supera con creces la capacidad de internos, sin el apoyo real de quien vigila
su condena, logre salir de la cárcel a ser un ciudadano ejemplar.
Son más los obstáculos que las posibilidades de lograr
una rehabilitación efectiva, pero no por esto hay que descartarla como una
realidad a la cual aspirar e invertirle. El camino a la reinserción involucra a
más agentes, además de la voluntad del criminal: un Estado que vele por sus
derechos, dentro y fuera de los centros carcelarios; un círculo de apoyo que le
acompañe en el camino; atención a su salud mental, si es el caso, y oportunidades
de surgir al reinsertarse en sociedad.



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